BIOFIX CONSULTORIA SAS, empresa pionera en el mercado de Carbono Colombiano y que a hoy cuenta con 10 proyectos REDD+ en asocio con 25 comunidades étnicas en Colombia, conformadas por 16 resguardos indígenas y 9 consejos comunitarios, ubicados en los departamentos del Chocó, Valle del Cauca, Vichada, Guaviare y Guainía, expresamos nuestro rechazo frente a la reciente modificación al tratamiento del impuesto nacional al carbono, definido en el parágrafo 1º del artículo 39 de la reciente reforma tributaria aprobada por las plenarias del Congreso.
El parágrafo 1º del artículo 39 del proyecto de la reforma en mención restringe al 50% la no causación del impuesto, esto implica en que se reduzca en 50% o más la demanda por certificados de reducción de emisiones o créditos de carbono, mediante la cual se obtiene la certificación de carbono neutro. Lo anterior genera como consecuencia una reducción abrupta en los ingresos de cerca de 50mil personas pertenecientes a comunidades étnicas del país que se benefician de la comercialización de estos créditos, a través de iniciativas de mitigación de GEI en el sector Forestal, específicamente los proyectos REDD+.
Proyectos que a hoy han logrado la protección de 1’300.00 hectáreas de bosque, la reforestación de 110 mil árboles nativos y frutales y la reducción de 17,4 millones de toneladas de dióxido de carbono, un hito que ha permitido asegurar los ingresos financieros a las comunidades, a través de la comercialización de créditos de carbono y aportar a las metas nacionales de reducción de emisiones, en el marco de los compromisos asumidos por el estado colombiano en reducción de Emisiones de GEI.
La modificación propuesta por el gobierno generaría un detrimento en las condiciones de vida de estas comunidades quienes gracias a las iniciativas REDD+ ya adelantan inversiones en líneas de salud, educación, infraestructura, acceso a la educación, agua potable y saneamiento, vivienda digna, transporte, y seguridad alimentaria, mientras combaten la deforestación generada por cultivos ilícitos y otras actividades ilegales.
Adicionalmente, estos proyectos son realizados en estricto cumplimiento de los derechos de autodeterminación, gobierno propio y Consentimiento Libre Previo e Informado con observancia a salvaguardas socioambientales de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre Cambio Climático. De igual forma dichos proyectos deben cumplir con rigurosos estándares de calidad y evaluaciones de conformidad de terceras partes independientes, a la luz de los principios del sistema de monitoreo, reporte y verificación establecidos por la Resolución 1447 de 2018, aspectos que hacen de estas iniciativas una herramienta supremamente eficaz para combatir la deforestación y la pobreza.
Restringir los resultados de estas iniciativas dentro del mercado colombiano de carbono vulnera, no sólo los derechos de estas comunidades, sino también la confianza legítima y la seguridad jurídica que les asiste al presentarse un cambio abrupto e intempestivo respecto al financiamiento climático que vienen recibiendo y que como se ha señalado les ha permitido mejorar sustancialmente sus condiciones y calidad de vida.
Es menester recordar que el Convenio 169 de la OIT, ratificado por la ley 21 de 1991, en su artículo 6º ratifica que cualquier medida legislativa que afecte a las comunidades étnicas de manera directa debe ser consultada. Así las cosas y por los argumentos previamente mencionados, el parágrafo del artículo 39 de la reforma en mención, deberá ser consultado previo a su aprobación al generar una afectación directa en las comunidades étnicas que vienen desarrollando proyectos REDD+.
La consulta previa es un derecho humano fundamental, por su relación con la vida física y cultural de los pueblos y su pervivencia. Tramitar este proyecto de Ley sin consulta es una evidente violación a los derechos humanos fundamentales y causa un gran perjuicio a las comunidades. Por estas razones apelamos al sentido común y hacemos un llamado de atención al Gobierno Nacional para que retiren dicha restricción establecida en el parágrafo del art. 39 del proyecto de Reforma tributaria, hacerlo es un acto de coherencia con las banderas de campaña del señor presidente Gustavo Petro, en la causa de reivindicar los derechos de las comunidades étnicas en Colombia.
Con estos antecedentes se ratifica que el planteamiento del Gobierno en relación con el impuesto nacional al carbono sería un retroceso a los avances que Colombia ha tenido en materia de reducción de emisiones, financiación climática, así como un detrimento en las condiciones de vida de las familias que conforman estas comunidades y que trabajan hoy por la conservación de los bosques.
Por estas razones solicitamos al Gobierno del presidente Gustavo Petro a eliminar el parágrafo 1º del artículo 39 de la reforma en mención debido a su afectación directa a comunidades afro y pueblos indígenas que vienen desarrollando proyectos REDD+ en el país.